El mercado del alquiler en Navarra está afrontando cambios sustanciales, que afectan a propietarios y a inquilinos. Hoy queremos recordaros uno que entró en vigor en 2023 y que sigue siendo obligatorio para los arrendadores: el registro de contratos de alquiler.
Qué es el registro obligatorio de contratos de alquiler de viviendas
Se trata de una medida adoptada por parte del Gobierno de Navarra por la cual se debe inscribir el contrato de arrendamiento en el registro correspondiente. La norma que la rige es la Resolución 182/2023, de 30 de marzo, publicada en el BON el 11 de mayo de 2023.
A quién afecta
Este registro afecta a las viviendas libres tanto de larga duración, como de alquiler temporal. Desde 2025 también es obligatorio para las de alquiler turístico. Las viviendas protegidas se registran de oficio por el Departamento de Vivienda.
Plazos para inscribir el contrato de alquiler
La Resolución 182/2023 estableció un plazo de 3 meses para realizar las inscripciones de los contratos en vigor y de 1 mes para los nuevos contratos.
La parte arrendataria podrá solicitar la inscripción mientras el contrato esté en vigencia, en caso de que la parte arrendadora no la haya realizado.
Cómo registrar el contrato de alquiler
La inscripción puede ser realizada directamente por los titulares de la vivienda o, en representación, por cualquier otra persona o empresa, como agentes inmobiliarios.
La tramitación es electrónica y se hace a través este enlace.
No hay que presentar documentación, aunque sí indicar la referencia catastral de la vivienda, que puedes obtener en este enlace y también en la Declaración de la Renta. Si haces click en este otro enlace podrás ver las instrucciones para efectuar la inscripción.
Mientras no esté operativa la aplicación web en la que se podrán modificar o cancelar los contratos registrados, sólo se pueden hacer cambios mediante una instancia general o registro electrónico, indicando el número de registro de entrada y los cambios que se desean realizar o la cancelación.
Sanciones si se incumple con el registro obligatorio
La sanción por incumplir la obligación de inscripción en el registro será de multa desde 300 hasta 3.000 euros.
Si estás pensando en alquilar tu vivienda, confía en un profesional. No te la juegues.